
ANTES DE COMPRAR UNA VIVIENDA, USTED DEBE SABER:
1. ¿CUÁNTO PUEDO PAGAR?
Según estudios económicos, la cantidad que debe destinarse a la vivienda (hipoteca), no debería superar el 35% de los ingresos netos mensuales.
Para saber el importe aconsejado que usted debe destinar a la compra o alquiler de vivienda, haga lo siguiente:
- 1. Divida sus ingresos netos anuales entre 12.
- 2. Calcule el 35% de esa cantidad (multiplicándolos por 0.35): el importe resultante, se corresponde con la mensualidad ideal para destinar a la compra o alquiler de vivienda.
Además debe saber que:
Los gastos iniciales para formalizar las escrituras de compra venta y constitución de hipoteca suponen entre el 12 ó 15% del precio final de la vivienda (salvo familias numerosas, personas con minusvalías y menores de 35 años según las normas vigentes en cada caso).
2. ¿CÓMO BUSCAR?
Si ha decidido la zona que le interesa y sabe cuánto podría pagar al mes, no queda más que buscar
La oficina inmobiliaria, gestiona por usted todo lo relacionado al inmueble que le interesa, y no encarece el precio del inmueble que usted compra.
La función del agente inmobiliario es mediar entre vendedor y comprador para conseguir, las mejores condiciones para ambas partes.
3. ELEGIR LA VIVIENDA
3.1 La superficie
- Superficie construida: es la superficie de la vivienda incluyendo todos los elementos como muros, tabiques, vigas, terrazas y balcones.
- Superficie útil: es igual a la superficie anterior descontando, los citados muros, tabiques, etc. Se considera que es un 15% menos que la superficie construida. En el caso de las terrazas, si son abiertas, se considera el 50% de su superficie en el cálculo de la superficie útil.
- Superficie total o computable: es la superficie construida a la que se añade la parte proporcional de los elementos comunes. Se llaman elementos comunes a los espacios de uso compartido, por todos los vecinos, como portal, escalera, jardines…
La superficie construida respecto de la superficie total del edificio, incluyendo estas zonas comunes, es lo que define la cuota de participación de la vivienda en los gastos de comunidad de la vivienda y es la base de la tasación de la vivienda.
3. 2 Viviendas de V.P.O
Vivienda de Protección Oficial es aquélla en la que el promotor se ha acogido a las ayudas y beneficios que le permite la normativa de protección oficial.
A cambio de estas ayudas al proyecto, esta normativa limita el tamaño de la vivienda y define el precio máximo de venta en unos valores anuales máximos (llamados módulos).
También suele tener algún tipo de restricción en caso de posteriores transacciones y derechos de tanteo y retracto.
El incumplimiento de estos límites puede acarrear sanciones administrativas y la devolución de las ayudas otorgadas por parte de las Administraciones más el interés legal de dinero.
